Cada vez son más las empresas que designan a un Coordinador de Actividades Empresariales en entornos de subcontratación de trabajos. ¿Sabes cuáles son sus funciones?, ¿quién debe designarlo?, ¿cuándo es necesario este medio de coordinación? En este artículo vamos a analizar este medio de coordinación. ¿Estás preparado? Vamos con ello.

¿Cuándo es obligatorio designar un Coordinador de Actividades Empresariales?

El Coordinador de Actividades Empresariales ayuda a muchas empresas a optimizar funciones como: impartir y dar la información e instrucciones, formación preventiva, realizar la vigilancia de trabajos y garantizar la seguridad y salud laboral. Además se encarga de velar por el cumplimiento del Procedimiento de Coordinación de Actividades Empresariales.

La normativa establece que se considera medio de coordinación preferente la designación de una o varias personas encargadas de la coordinación de las actividades preventivas cuando se cumplan dos o más de las siguientes condiciones:

  • Cuando en el centro de trabajo se lleven a cabo actividades o procesos reglamentariamente considerados como peligrosos o con riesgos especiales, que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores de las demás empresas presentes.
  • Cuando exista una dificultad especial para controlar las interacciones de las diferentes actividades que se desarrollan en el centro de trabajo y puedan generar riesgos graves o muy graves.
  • Cuando exista una dificultad especial para evitar que se realicen actividades incompatibles entre sí desde la perspectiva de la seguridad y salud de los trabajadores en el centro de trabajo.
  • Cuando exista una complejidad especial para coordinar las actividades preventivas debido al número de empresas y trabajadores, al tipo de actividades realizadas y a las características del centro de trabajo.
  • Cuando por razones técnicas u organizativas justificadas se pueda sustituir la designación de una o más personas encargadas de las actividades preventivas por otros medios de coordinación que garanticen el cumplimiento de los objetivos establecidos en el artículo 3 del RD 171 2004, de 30 de enero y en el artículo 24 de la Ley 31 /1995.

¿Quién designa al Coordinador de Actividades Empresariales?

La persona o personas encargadas de la coordinación de las actividades preventivas deben ser designadas por el empresario titular del centro de trabajo en el que se desarrollan las actividades concurrentes y el plan de prevención.

¿Quién puede ejercer como Coordinador de Actividades Empresariales?

Las personas que podrán ser encargadas de la coordinación de las actividades preventivas son las siguientes:

  • Uno o varios trabajadores designados por el empresario titular del centro de trabajo o por los demás empresarios concurrentes para el desarrollo de las actividades preventivas (según lo establecido en el artículo 30 de la LPRL y el artículo 12 del Real Decreto 39/1997 del 17 de enero).
  • Uno o varios miembros del servicio de prevención propio de la empresa titular del centro de trabajo o de las demás empresas concurrentes.
  • Uno o varios miembros del servicio de prevención ajeno concertado por la empresa titular del centro de trabajo o por las demás empresas concurrentes.
  • Uno o varios trabajadores de la empresa titular del centro de trabajo o de las demás empresas concurrentes que, aunque no formen parte del servicio de prevención propio ni sean trabajadores designados, posean los conocimientos, la cualificación y la experiencia necesarios en las actividades preventivas.
  • Cualquier otro trabajador de la empresa titular del centro de trabajo que, por su posición en la estructura jerárquica de la empresa y por sus funciones técnicas en relación con los procesos de producción del centro, esté capacitado para coordinar las actividades empresariales.
  • Una o varias personas de empresas especializadas en la coordinación de actividades preventivas, que cumplan con las competencias, conocimientos y cualificación necesarios en las actividades preventivas por el empresario titular del centro de trabajo o por los demás empresarios concurrentes. En todo caso, la persona o personas encargadas de la coordinación de actividades preventivas deben colaborar con los recursos preventivos de los empresarios concurrentes.

¿Cuáles son la funciones del Coordinador de Actividades Empresariales?

El coordinador de actividades empresariales debe cumplir con los siguientes objetivos:

  • Garantizar el cumplimiento de las metas establecidas para la coordinación de actividades empresariales, en relación con la prevención de riesgos laborales.
  • Facilitar la comunicación entre las empresas concurrentes presentes en el centro de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 171/2004 de 30 de enero.
  • Desempeñar cualquier otra tarea asignada por el empresario titular del centro de trabajo.

Para realizar adecuadamente sus funciones, la persona o personas encargadas de la coordinación de actividades preventivas están facultadas para:

  • Acceder a cualquier zona del centro de trabajo.
  • Conocer la información y documentación de Coordinación de Actividades Empresariales necesaria para desempeñar sus funciones, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 171/2004 de 30 de enero.
  • Dictar instrucciones a las empresas concurrentes para que puedan cumplir sus funciones.
  • Sugerir a las empresas concurrentes medidas preventivas que puedan afectar a los trabajadores presentes en el centro de trabajo.

La persona o personas encargadas de la coordinación de actividades preventivas deben permanecer en el centro de trabajo todo el tiempo que sea necesario para realizar sus funciones.

Además, es necesario que la persona o personas encargadas de la coordinación de actividades preventivas cuenten con la formación preventiva correspondiente al nivel intermedio como mínimo.

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