Actualízate y ponte al día sobre los principales trámites y novedades legislativas en materia de Medio Ambiente, Seguridad Industrial, Prevención de Riesgos Laborales y Calidad, para cerrar el año libre de sorpresas de última hora…

Desde CTAIMALEGAL queremos mostrarte, de un vistazo, un listado con los cambios legales más relevantes en este año que pueden afectar a los responsables de empresas, empleados, titulares, etc. Presta especial atención a los siguientes puntos:

  • Presentación de Garantía financiera obligatoria

Antes del 31 de Octubre todas las empresas clasificadas como Prioridad 2 según el anexo III de la Ley de Responsabilidad Medioambiental, deben presentar un análisis de riesgos al órgano competente y establecer una garantía financiera obligatoria.

  • Adaptación al Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI)

A finales del 2018 entró0. en vigor la disposición adicional 2 del RIPCI por la cual, se exigía a todas las empresas realizar el programa de mantenimiento completo de los sistemas de protección activa contra incendios según el nuevo reglamento.

  • Conocimiento de las novedades en el ADR

Desde el 1 de julio ya deben de considerarse las modificaciones introducidas en el Acuerdo Internacional para el Transporte de Mercancías Peligrosas (ADR).

Se deberán de tener en cuenta las novedades para las cartas de porte, marcado y etiquetado de bultos, cisternas y contenedores, las obligaciones para expedidores de mercancías peligrosas, etc.

  • Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas

Desde diciembre del año pasado, los instaladores RITE y los frigoristas nivel1, ya pueden realizar la ejecución, mantenimiento, reparación, modificación y desmantelamiento de las instalaciones de sistemas de refrigeración no compactos (splits) si contienen refrigerantes de clase A2L.

Los titulares, también podrán acogerse a la exención de constituir seguro de responsabilidad civil.

  • Registro para los asesores de consejos de la administración

El 3 de septiembre finalizó el plazo para que los asesores externos de empresas y los secretarios de consejos de administración formalicen su inscripción en el Registro Mercantil de su domicilio. El incumplimiento se considera infracción leve y puede ser sancionado con multas de hasta 60.000 euros.

¡Ojo! Para ciertas actividades, este plazo se ha visto modificado, siendo la fecha tope el 31 de diciembre. En concreto, se establece esta moratoria para las actividades comprendidas en el apartado “o” del artículo 2.1 de la Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo:

  1. Constituir sociedades u otras personas jurídicas
  2. Ejercer funciones de dirección o de secretarios no consejeros de consejo de administración o de asesoría externa de una sociedad, socio de una asociación o funciones similares
  3. Facilitar un domicilio social o una dirección comercial, postal, administrativa y otros servicios afines a una sociedad, una asociación o cualquier otro instrumento
  4. Ejercer funciones de fiduciario en un fideicomiso (trust) o instrumento jurídico similar o disponer que otra persona ejerza dichas funciones
  5. Ejercer funciones de accionista por cuenta de otra persona, exceptuando las sociedades que coticen en un mercado regulado de la Unión Europea y que estén sujetas a requisitos de información acordes con el Derecho de la Unión o a normas internacionales equivalentes que garanticen la adecuada transparencia de la información sobre la propiedad, o disponer que otra persona ejerza dichas funciones.
  • Llevar un Registro de horas trabajadas

Desde mayo, todas las empresas están obligadas al registro de las jornadas de los trabajadores con contrato a tiempo parcial y a jornada completa. También deberán implantar un sistema de control para elaborar y gestionar dicho registro.

  • Novedades para los promotores de obras sujetas a EIA

Deberán de contemplar e incluir, en el estudio de impacto ambiental un análisis sobre la vulnerabilidad de los proyectos ante accidentes graves o catástrofes.

  • Información no financiera de las empresas acogidas a modalidad de jubilación parcial para sus trabajadores

Las empresas que empleen a trabajadores que se hayan acogido a la modalidad de jubilación parcial con simultánea celebración de contrato de relevo deberán incluir entre la información no financiera contenida en el informe de gestión obligatorio por la Ley de Sociedades de Capital, el conjunto de medidas que hayan adoptado en el marco de la transición justa hacia una economía descarbonizada.

En CTAIMALEGAL nos mantenemos al día sobre el panorama global normativo para dar siempre una respuesta veraz, eficiente e inmediata a nuestros clientes.

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