El Boletín Oficial del Estado publicaba ayer, 4 de mayo, las nuevas enmiendas a los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2017). Este documento sirve para regular las materias que se consideran peligrosas y aquellas que se pueden transportar por carretera, los tipos de envases y embalajes que se pueden usar, el etiquetado y señalización de vehículos y bultos, la documentación necesaria para poder realizar el transporte, las normas sobre la construcción de las cisternas y la carga, estiba y descarga de estas mercancías.
El ADR 2017 contiene una serie de revisiones importantes respecto al último, de 2015, si bien ambos documentos podrán convivir hasta el próximo 30 de junio de 2017.
Los principales cambios normativos en el ADR tienen que ver con:
- Las baterías de Litio. Las enmiendas hacen referencia especialmente al embalaje y etiquetado de las mismas. Si bien se elimina la necesidad de acompañar las baterías con un documento adicional, se crea un nuevo modelo de etiqueta.
- Polímeros. El nuevo documento incorpora dentro de la Clase 4.1 las Sustancias Polimerizantes, y se añade una definición de las propiedades de las Sustancias Polimerizantes estabilizdas y sus mezclas.
- Motores. A partir de ahora, la sección denominada Motores pasará a englobarse en un epígrafe llamado Vehículos y a partir de aquí, se realiza una catalogación y normativa específica de los mismos en función del sistema de propulsión utilizado.
- Productos a presión. Las instrucciones en este apartado del ADR han variado por lo que respecta a las mezclas, los productos químicos a presión, así como novedades en la posición del etiquetado de riesgo. Por otra parte, las enmiendas explicitan que los cilindros compuestos de gas deben ser diseñados para una vida útil no inferior a 15 años (en vez de ilimitado, como se decía hasta ahora) y que los cilindros compuestos con más de 15 años de servicio deben poder superar unas pruebas de servicio
- BK3. El ADR incorpora para 2017 los BK3, un elemento de transporte que en marítimo, sólo se autorizan en las bodegas de los buques de carga general y está prohibido transportarlos en unidades de transporte.
- OX – FL. La incorporación del vehículo OX a una de las subcategorías previstas para los vehículos FL conlleva numerosas modificaciones en el redactado del apartado 9 del ADR. El documento incorpora novedades constructivas en los vehículos OX, si bien se habilitan medidas transitorias para que no afecte a los vehículos ya existentes.
Las enmiendas al ADR de 2017 incorpora más cambios que tienen que ver con las exenciones y definiciones de determinados conceptos así como la supresión, modificación o incorporación de determinadas medidas transitorias.
Para acceder al documento íntegro del ADR 2017 y sus enmiendas pinchar AQUÍ.