El 10 de abril de 2022 entró en vigor la Ley de residuos y suelos contaminados 7/2022 para una economía circular, que deroga la anterior regulación.  

Con el objeto de asentar los principios de la economía circular y contribuir contra la lucha contra el cambio climático y protección medioambiental, el nuevo texto legal actualiza ciertos aspectos de la Ley de residuos y suelos contaminados del año 2011.

Algunos de ellos son la delimitación de la responsabilidad del productor del residuo, la aplicación de los conceptos de subproducto y fin de la condición de residuo, la actualización del régimen sancionador o el refuerzo de la recogida separada. 

A continuación resumimos algunas de las novedades que recoge esta nueva ley.

Novedades que recoge la Ley de Residuos y Suelos Contaminados

Restricciones a los plásticos de un solo uso 

  • El texto establece medidas para la reducción del consumo de los plásticos de un solo uso, que deberá ser en 2026 del 50 % en peso, con respecto a 2022; y en 2030, del 70 % en peso, con respecto a 2022. Están sujetos a esta reducción los vasos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones, y los recipientes para alimentos.

Para ello, la ley establece que «todos los agentes implicados en la comercialización fomentarán el uso de alternativas reutilizables o de otro material no plástico». Además, a partir del 1 de enero de 2023, se deberá cobrar un precio por cada uno de los productos de plástico, siendo diferenciados en el ticket de venta. 

  • Se introduce un impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, un tributo de naturaleza indirecta. Estarán sujetas a este gravamen la fabricación, la importación o la adquisición intracomunitaria de estos productos, salvo en el caso de medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales o preparados para lactantes de uso hospitalario.

La base imponible del impuesto estará constituida por la cantidad de plástico no reciclado presente en el envase, que se gravará con 0,45 euros por kilogramo. 

  • Se prohíbe la introducción en el mercado de productos de plástico como bastoncillos de algodón, pajitas (con ciertas excepciones), cubiertos, platos, agitadores de bebidas, palitos destinados a sujetar globos, recipientes para alimentos y bebidas de poliestireno expandido, todos los productos de plástico oxodegradable y las microesferas de plástico de menos de 5 mm. 
  • La ley determina que, en relación con ciertos productos de plástico no compostable, como bandejas, artículos monodosis, anillas de plástico y palitos de plástico usados por el sector alimentario, los agentes comercializadores deberán impulsar su sustitución por alternativas reutilizables y otros materiales tales como plástico compostable, madera, papel o cartón. 

Prevención en la generación de residuos 

  • Se marca un calendario de prevención de residuos, según el cual se deberá reducir el peso de los residuos producidos en un 13 % para 2025 y en un 15 % para 2030, respecto a los generados en 2010. Para ello, el texto encomienda a las autoridades competentes la adopción de medidas para prevenir la generación de residuos como, entre otras, el fomento de productos que sean eficientes, duraderos y reparables o el fomento de la reutilización de los productos y componentes de producto. 
  • Se introduce un impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. Este tributo, de carácter indirecto, recaería «sobre la entrega de residuos en vertederos, instalaciones de incineración o de coincineración para su eliminación o valorización energética». 

Recogida separada de residuos y reciclaje 

  •  Implantación de nuevas recogidas separadas de residuos para biorresiduos domésticos, antes del 30 de junio de 2022 para las entidades locales con más de 5.000 habitantes, y antes del 31 de diciembre de 2023 para el resto de los municipios.  
  • Establece la recogida de residuos textiles, de aceites de cocina usados, de residuos domésticos peligrosos y de residuos voluminosos antes del 31 de diciembre de 2024. 
  • Se regula la eliminación de los residuos, que deberá llevarse a cabo de manera segura, y en el caso del depósito en vertedero, tras haber sido sometidos a un tratamiento previo.  
  • Prohíbe la destrucción de excedentes no vendidos de productos no perecederos tales como textiles, juguetes, aparatos eléctricos, entre otros, salvo que dichos productos deban destruirse conforme a otra normativa. 

Suelos contaminados y agua no envasada 

 En relación con la regulación de los suelos contaminados, esta ley mantiene el régimen jurídico anterior en cuanto a las actividades potencialmente contaminantes de los suelos. Sin embargo, la norma introduce el Inventario Estatal de Descontaminaciones Voluntarias de Suelos Contaminados, que «será alimentado por los registros de las comunidades autónomas sobre recuperaciones y descontaminaciones voluntarias».   

Por otra parte, el texto establece que para «reducir el consumo de envases de un solo uso», las administraciones públicas «fomentarán el consumo de agua potable en sus dependencias y espacios públicos mediante el uso de fuentes». Asimismo, determina que en «los establecimientos del sector de la hostelería y restauración» siempre se deberá ofrecer a los consumidores «la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita». 

Estructura de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados

  1. El título preliminar contiene las disposiciones y los principios generales de la ley y se cierra con la clasificación de los residuos de conformidad con la Lista Europea de Residuos y los mecanismos para su posible reclasificación. 
  2. El título I está dedicado a los instrumentos de la política de residuos. 
  3. El título II es relativo a la prevención de residuos, estableciendo objetivos y medidas específicas para romper el vínculo entre el crecimiento económico e impactos sobre la salud y el medio ambiente. 
  4. El título III desarrolla las obligaciones de los productores y de los gestores de residuos. 
  5. El título IV trata la responsabilidad ampliada del productor del producto, recogiendo la regulación establecida al respecto en la Directiva (UE) 2018/851. 
  6. El título V se dedica a las medidas para la reducción del consumo de determinados productos de plástico, así como a su correcta gestión como residuo. 
  7. El título VI trata la información sobre residuos con el objeto de mejorar la trazabilidad y aumentar la transparencia en la gestión de los residuos. 
  8. El título VII, sobre medidas fiscales para incentivar la economía circular, desarrolla dos instrumentos económicos en el marco de los residuos, cuya finalidad es reducir la generación de residuos y mejorar la gestión de aquellos residuos cuya generación no se pueda evitar 
  9. El título VIII contiene la regulación relativa a los suelos contaminados, manteniéndose el anterior régimen jurídico, que incluye disposiciones relativas a las actividades potencialmente contaminantes de los suelos. 
  10. El título IX regula la responsabilidad, la vigilancia, inspección y control y el régimen sancionador. Como novedad, se ha recogido una disposición relativa a la toma de muestras y análisis para la inspección y vigilancia. 

Modificaciones legislativas 

  • Se modifica el art. 24 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se le añade un apartado 6. 
  • Se modifica el art. 112 bis del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. 
  • Se modifica la redacción de la regla 3.ª, del apartado Tres del art. 79 y el art. 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido 

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Ley de Residuos y Suelos Contaminados


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