El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha publicado en la web del Sistema Delta una nueva actualización de la Guía sobre como rellenar el parte de notificación en caso de accidente de trabajo. La guía recoge diversas novedades sobre campos específicos a cumplimentar en el parte de accidente de trabajo, así como aclaraciones y actualización de la normativa debido al nuevo texto de la Ley General de la Seguridad Social.

Algunas de las novedades que encontramos en la nueva guía son:

  • Novedades respecto a los accidentes de trabajo para trabajadores por cuenta propia.
  • Obligatoriedad y plazos de notificación de accidentes de trabajo
  • Requisitos para accidentes sufridos por trabajadores cedidos por ETT o en contratas o subcontratas.
  • Casos de accidentes ocurridos en el extranjero.
  • Qué accidentes están excluidos de su declaración por el Sistema Delt@.
  • Plazos de envío de parte de accidente en caso de revisión por el empresario o cuando se dé determinadas contingencias.
  • Aclaraciones en los partes para casos de trabajadores pluriempleados, según el lugar en el que se produce el accidente o si se trata de una recaída.

El parte de accidente laboral no sólo sirve para notificar el propio accidente de trabajo, en él también se puede establecer la relación de accidentes de trabajo ocurridos sin baja laboral o la relación de altas o fallecimientos de trabajadores accidentados. Este documento oficial deberá ser cumplimentado por la empresa y entregado en los 5 días hábiles posteriores a la fecha en la que tuvo lugar el accidente o la baja médica. En el caso de que lo que se presente sea la relación de la siniestralidad laboral de la empresa, se puede entregar en los primeros 5 días de cada mes y cuando lo que se notifique sea la comunicación de altas o fallecimientos, ésta deberá ser presentada cada mes, durante los primeros 10 días de cada mes.
En lo que respecta a las enfermedades profesionales, la tramitación de estas enfermedades se realiza a través de un sistema informático de la Seguridad Social llamado CEPROSS. Esta información puede ser accesible para los delegados de prevención quienes podrán solicitar a la empresa toda la información sobre los daños a la salud de los trabajadores.
La siniestralidad laboral en España se vio aumentada en más de un 7% en los 11 primeros meses de 2016, según el análisis del propio Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Estas cifras fueron todavía más alarmantes en el caso de los accidentes laborales “in itínere”, en los que el porcentaje aumentado se elevó hasta el 8’6%. Las cifras de siniestralidad laboral registradas en sectores como el de la Hostelería, el Mantenimiento o los Servicios Auxiliares requieren una profunda reflexión ya que estos tres sectores fueron en los que más aumentaron los accidentes de trabajo, con incrementos de más de un 15%.


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