El pasado día 23 de marzo de 2021, el BOE publicó el Real Decreto 178/2021 de 23 de marzo, que modifica el Real Decreto 1027/2007 que aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) el cual entra en vigor esta semana a efectos de 1 de julio.

El RITE constituye el marco normativo básico que regulan las exigencias de eficiencia energética y de seguridad que deben cumplir las instalaciones térmicas en los edificios para atender la demanda de bienestar e higiene de las personas. De tal forma, establece los requisitos que han de cumplir las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria con el objetivo de realizar un uso eficiente de la energía.

La modificación de este Nuevo Real Decreto  alinea el RITE con las directivas europeas relacionadas con la eficiencia energética, en concreto se adapta al contenido de la Directiva (UE) 2018/2001, relativa al uso de energía procedente de fuentes renovables, y traspone parcialmente otras directivas europeas como la Directiva (UE) 2018/844 y la Directiva (UE) 2018/2002. 

Entre las modificaciones más destacadas encontramos las siguientes: 

  1. Se modifica el índice del Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios 
  2. Se modifica el Artículo 2. Ámbito de aplicación 
  3. Se modifica el Artículo 9. Términos y definiciones 
  4. Se modifica el Artículo 10. Exigencias técnicas de las instalaciones térmicas 
  5. Se modifica el Artículo 12. Eficiencia energética, energías renovables y energías residuales. 

Es importante conocer el alcance de estas modificaciones y cómo éstas afectan al mantenimiento de nuestros equipos y en definitiva a nuestros procedimientos de gestión y tramitación legal y registros derivados. Sin duda un aspecto muy importante, ya que no hemos de olvidar que el incumplimiento, bien por omisión o desconocimiento es sancionable: 

  1. Las infracciones leves con multas de hasta 60.000 euros. 
  2. Las infracciones graves con multas de hasta 6.000.000 euros. 
  3. Las infracciones muy graves con multas de hasta 100.000.000 euros. 

¿Qué registros de las operaciones de mantenimiento exige el RITE?

Son tres los tipos de certificados que se deberán custodiar

  • Con motivo de la puesta en marcha de la instalación: certificado de la instalación
  • Anualmente: Certificado de mantenimiento
  • Tras las inspecciones reglamentarias exigidas: Certificado de inspección

Certificado de la instalación RITE 

Al término de la instalación y una vez realizadas las pruebas de la puesta en servicio siendo el resultado óptimo, instalador habilitado y director de la instalación suscriben el certificado de la instalación. El certificado, si bien puede diferenciar según la comunidad autónoma, ha de tener este contenido mínimo:

  1. Identificación y datos referentes a sus principales características técnicas de la instalación realmente ejecutada;
  2. Identificación de la empresa instaladora, instalador habilitado con carné profesional y del director de la instalación, cuando la participación de este último sea preceptiva.
  3. Los resultados de las pruebas de puesta en servicio realizadas de acuerdo con la IT 2.
  4. Declaración expresa de que la instalación ha sido ejecutada de acuerdo con el proyecto o memoria técnica y de que cumple con los requisitos exigidos por el RITE.

Certificado anual de mantenimiento de la instalación.

Anualmente el mantenedor autorizado titular del carné profesional y el director de mantenimiento, suscribirán el certificado de mantenimiento, que será enviado, si así se determina, al órgano competente de la Comunidad Autónoma, quedando una copia de este en posesión del titular de la instalación. La validez del certificado de mantenimiento expedido será como máximo de un año y su contenido mínimo ha de ser

  1.  Identificación de la instalación, incluyendo el número de expediente inicial con el que se registró la instalación.
  2. Nombre de la empresa mantenedora, mantenedor habilitado responsable de la instalación y del director de mantenimiento, cuando la participación de este último sea preceptiva.
  3. Declaración expresa de que la instalación ha sido mantenida de acuerdo con el Manual de Uso y Mantenimiento y que cumple con los requisitos exigidos en la IT 3 Mantenimiento y uso
  4. Resumen de los consumos anuales registrados
  5. Resumen de las aportaciones anuales

Certificados de las Inspecciones RITE

Las instalaciones térmicas se inspeccionarán a fin de verificar el cumplimiento reglamentario. La IT 4 determina las instalaciones que deben ser objeto de inspección periódica, así como los contenidos y plazos de estas inspecciones, y los criterios de valoración y medidas a adoptar como resultado de estas, en función de las características de la instalación (Ver artículo)  De estas inspecciones derivarán los diversos registros a conservar en función de la tipología de inspección.


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